Derechos de Agua
Llevamos años colaborando con nuestros clientes para un uso sostenible del Agua.
Propuesta de valor del servicio
Gestión técnica y legal
UD. puede contratar con nosotros el servicio técnico y legal para la obtención, inscripción, transferencia, arriendo o cesión de uso de derechos de aprovechamiento de aguas superficiales, consuntivos y no consuntivos, sobre cursos de agua tales como; vertientes, esteros, ríos o puntos de captación superficial de aguas en Lagos y Mar.
Así mismo UD. puede contratar de forma fácil y rápida el asesoramiento legal para interponer recursos de oposición a derechos y/o reconsideración por rechazos o denegaciones, y los servicios técnicos para el traslado de puntos de captación y restitución de agua, estudios hidrológicos para la determinación de caudales disponibles sobre cursos de aguas superficiales, además de la regularización y/o solicitud de autorización de bocatomas para constituir derechos de agua otorgados.
Un profesional de nuestra empresa estará a cargo de gestionar su expediente de solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas superficiales, así como las distintas especialidades de ingeniería, cartografía y planimetría, manejo de datos en el sistema de información geográfica SIG y requisitos técnicos, hasta el ingreso a trámite de su solicitud en el sistema electrónico de la Dirección General de Aguas.
Corretaje de Concesiones Marítimas, Concesiones de Acuicultura, Derechos de Agua y Proyectos con RCA
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FAQ
¿Qué son los derechos de aprovechamiento de Aguas?
Las aguas terrestres son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares un derecho de aprovechamiento sobre ellas de acuerdo a los procedimientos y requisitos que se establecen en el Código de Aguas del año 1981 y sus modificaciones años 2005 y 2018. Para solicitar un derecho de aprovechamiento, es necesario presentar una solicitud dirigida al Director General de Aguas, la cual debe ser ingresada de acuerdo a su procedencia en la Oficina de Partes de la Dirección General de Aguas de la provincia en que se encuentra ubicado el punto de captación de las aguas que se desean constituir. Si no existe la citada oficina en el lugar, deberá presentarse ante el Gobernador Provincial respectivo o también se podrá presentar en la oficina Virtual que mantiene la DGA en su página web www.dga.cl